Ayuda para libros de texto de E. Primaria:
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Bases reguladoras:
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Resolución .../2024, de ... de junio (B.O.R. de ... de junio de 202..)
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Plazo ordinario: Del 26 de mayo al 6 de junio, ambos inclusive.
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Plazo extraordinario: Excepcionalmente, se abre un plazo de presentación de solicitudes de carácter extraordinario, de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la formalización de la matrícula, para todos los alumnos que se matriculan en La Rioja, una vez iniciado el curso, provenientes de otras Comunidades Autónomas u otros países y que no participaron del periodo ordinario de escolarización.
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Requisitos a cumplir por los solicitantes:
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Alumnado matriculado para el curso 2025/2026, en cualquiera de los siguientes niveles educativos:
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1º y 2º de Educación Primaria.
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Si el alumnado está matriculado en un nivel educativo incluido en el programa de gratuidad de libros de texto, para los supuestos en que no puede hacer uso de dicho programa por haber establecido el centro escolar, de manera exclusiva en dichos niveles educativos, libros de texto en soporte digital que no puedan ser reutilizados en cursos sucesivos y, por lo tanto, no sean susceptibles de participar del programa de gratuidad de libros de texto.
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No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar provenientes de otras instituciones u organismos públicos o privados.
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La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2024 no podrá superar el importe de 12.000 euros.
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El rendimiento de capital mobiliario del ejercicio 2024 no podrá superar el importe de 4.000 euros.
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Tener residencia efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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No superar los criterios económicos de renta per cápita y de rendimiento de capital mobiliario establecido en la convocatoria.
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- Cuantía de las ayudas:
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Con carácter general y en función del tramo de renta per cápita de la unidad familiar del solicitante:
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Ayuda tipo 1: en el supuesto en que la renta per cápita sea inferior o igual a 9.000 euros
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175 euros en Educación Primaria.
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Ayuda tipo 2: en el supuesto en que la renta per cápita sea superior a 9.000 euros e inferior o igual a 12.000 euros
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100 euros en Educación Primaria.
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Con carácter especial: para alumnado cuyos tutores sean perceptores de la “Renta de ciudadanía de La Rioja” en el año 2024 se les concederá también el importe de las de Tipo 1 pero se les denominará Ayuda Tipo 3 para su diferenciación.
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El importe máximo de la ayuda a conceder, teniendo en cuenta los criterios económicos de renta per cápita, se verá ajustado conforme al gasto efectivamente justificado, una vez presentada la factura o documento equivalente, para los supuestos en que la presentación de dicha documentación sea obligatoria, y el importe del documento justificativo del gasto realizado sea inferior al importe de la ayuda correspondiente para ese tramo de renta per cápita.
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El importe de las ayudas a conceder no podrá superar el coste real de adquisición de los libros de texto.
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Documentación a presentar:
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Fotocopia de Libro de Familia o certificado de nacimiento.
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Fotocopia de sentencia de divorcio, demanda de separación o certificado de defunción, según los casos.
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Certificado expedido por la Hacienda Foral de la renta del año 2024, SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES.
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Fotocopia de la factura (**) o documento equivalente justificativo emitido por el establecimiento o punto de venta autorizado (indicando el nombre del solicitante o tutores).
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Plazo para la presentación de la factura:
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Del 1 al 15 de septiembre: para los solicitantes de las ayudas presentadas en el periodo ordinario. Dicho justificante se presentará preferentemente en el centro en el que se encuentre el alumno matriculado en ese momento.
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Junto con la solicitud de las ayudas: para los solicitantes que presenten la solicitud en el periodo extraordinario establecido conforme al apartado octavo de la presente.
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(**) En caso de ser perceptor de la renta de la ciudadanía en 2024, no será necesaria su presentación.
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No es requisito esencial aportar la ficha de datos de terceros.
- Presentación de solicitudes:
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De forma presencial: en los centros u oficinas de registro del Gobierno de La Rioja
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De forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la plataforma Racima.
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Se accederá a ella a través del módulo correspondiente de la plataforma Racima o siguiendo los siguientes pasos:
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A través de Trámites Oficina Electrónica
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Procedimiento “Ayudas de libros de texto” –botón “Tramitar”-. En este momento serán redirigidos a la Secretaría Virtual de Racima desde donde grabará su solicitud e incorporarán la documentación a tener en cuenta
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En el caso de presentar la solicitud de forma telemática se deberá adjuntar como información adicional el Anexo de autorización de consulta de datos tributarios.
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APARTADO SOLICITUD: COMPROBACIÓN DE DATOS (este apartado de la solicitud deberá revisarse con mucha atención por parte de las familias y por parte de los centros cuando la solicitud se presente en sus oficinas)
En cuanto al Anexo SOLICITUD: apartado 6, “Comprobación de datos” se distinguirá entre la NO OPOSICIÓN y la AUTORIZACIÓN
- NO OPOSICIÓN A CONSULTA: tabla nº 1
Para la consulta de datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Si el interesado quiere permitir dicha consulta: NO SE RELLENARÁ NI FIRMARÁ LA TABLA.
Si el interesado no quiere permitir dicha consulta: RELLENARÁ LA TABLA Y LA FIRMARÁ.
En este caso en el que se opone a que se consulten sus datos el interesado deberá presentar:
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- Fotocopias NIF/NIE
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social en el año 2023 emitido por la Tesorería General de Seguridad Social
- AUTORIZACIÓN A CONSULTA: tabla nº 2
Para la consulta de datos tributarios (para los miembros mayores de 14 años)
Si el interesado quiere permitir dicha consulta: SE RELLENARÁ Y SE FIRMARÁ LA TABLASi el interesado no quiere permitir dicha consulta: NO SE RELLENARÁ LA TABLA NI LA FIRMARÁ.
En este caso en que no se autoriza a la consulta, el interesado deberá presentar:
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- Certificado de la AEAT de sus ingresos de 2023 (vía Certificado de IRPF o, si no tenía obligación de presentarla, Certificado de ingresos y gastos deducibles)
- Certificado de la Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja en relación a su cumplimiento de obligaciones tributarias.